Corte de Apelaciones ordenó que Maria Escalona sea reintegrada a la Municipalidad de Paillaco por vulneración de garantías constitucionales.
Publicado el Thursday, April 3, 2025
El Tribunal ordenó el reintegro de la funcionaria y que le paguen todas las remuneraciones desde su vinculación. Además condenó a la administración de Cristian Navarrete a pagar todos los costos del juicio.
La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó reintegrar a la técnico en enfermería y madre de dos hijos, Maria Escalona, al acoger de forma unánime un recurso de protección presentado de manera personal.
Luego de impugnar el Decreto Alcaldicio Nº23 dictado por la Municipalidad de Paillaco el 27 de enero del año 2025, que disponía la no renovación de su contrato a plazo fijo, la funcionaria María Orfelina Escalona Lara deberá ser reintegrada a su trabajo luego que la Corte de Apelaciones de Valdivia en forma unánime decidiera acoger el Recurso de Protección presentado por la referida funcionaria. En este contexto, la resolución de la Corte de Apelaciones en su punto N° 9 expresó lo siguiente:
“…Así las cosas, el término de la contrata de la recurrente, provocado en la práctica por la contratación por solo dos meses y su decisión de no renovarla, contrariando lo comunicado con anterioridad, debió haberse dispuesto por un acto fundado, y atendida la deficiente fundamentación del decreto impugnado, este deviene en ilegal y arbitraria, lesionando la garantía de igualdad de la actora y de propiedad respecto de sus remuneraciones, reconocidas en el artículo 19 Nº2 y Nº24 de la Constitución Política de la República…”
Finalmente, la referida resolución en su párrafo final explicita que “…por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que se ACOGE, con costas, el recurso de protección interpuesto por María Orfelina Escalona Lara en contra de la Ilustre Municipalidad de Paillaco, debiendo la recurrida prorrogar la contratación de la recurrente desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de este año, sin solución de continuidad….”